Bases legales del sorteo Mamma Mia!

1. ORGANIZADOR DEL SORTEO

SOM 2011 S.L., con domicilio social en Gran vía 73, 5ºD, 28014 Madrid y NIF B85942795 (en adelante SOM), llevará a cabo un sorteo de un crucero por las islas griegas (en adelante «el premio») entre todos los usuarios mayores de edad residentes en España que compren entradas para el musical «Mamma Mia!» durante las fechas señaladas.

2. DURACIÓN DEL SORTEO

El periodo de participación en el sorteo será desde el 1 de julio de 2024 a las 12:00h hasta las 23:59h (UTC+1) del 31 de julio de 2024.

3. MECÁNICA DEL SORTEO

¿Quién puede participar?

Podrán participar en el sorteo todas aquellas personas mayores de 18 años residentes en España que compren entradas para el musical «Mamma Mia!» durante el periodo de participación y no se encuentren incursos en cualquiera de las causas de exclusión expresamente previstas en el siguiente párrafo.

Exclusiones:

  • Los empleados de SOM.
  • Los empleados de las empresas agencias de publicidad o agencias de promociones que colaboren con SOM.
  • Los familiares directos (padres, hermanos, hijos) de las personas incluidas en los puntos anteriores.
  • Los cónyuges de todas las personas incluidas en los puntos anteriores.

¿Cómo participar?

Los usuarios que compren entradas para el musical «Mamma Mia!» dentro del plazo estipulado, y que indiquen su correo electrónico al hacer la compra, automáticamente entrarán en el sorteo. Cada compra realizada durante el periodo de participación contará como una participación en el sorteo.

¿Cómo será elegido el ganador?

El ganador será seleccionado al azar mediante la herramienta https://app-sorteos.com/es entre todos los participantes que hayan comprado entradas en las fechas estipuladas y que cumplan todos los requisitos señalados en las presentes bases legales. El sorteo se realizará el lunes, 5 de Agosto a las 12:00h (UTC+1).

SOM se pondrá en contacto con el ganador mediante correo electrónico en el plazo de dos (2) días hábiles a partir de la realización del sorteo para solicitar sus datos personales y proceder con la gestión del premio. Si el ganador no pudiese ser localizado en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas tras el primer intento de contacto, no aceptase el premio o hubiese incumplido algunas de las normas presentes en estas bases, SOM se reserva el derecho a decidir si el premio queda desierto o a elegir un nuevo ganador mediante el mismo proceso empleado para el sorteo inicial.

En caso de que ninguna participación en el sorteo sea correcta por no haber cumplido con las condiciones indicadas, SOM se reserva el derecho a decidir que el premio quede desierto.

SOM se reserva el derecho a cambiar el premio por otro de características similares e igual valor sin previo aviso al ganador. El premio no podrá ser canjeable en metálico ni por ningún otro premio.

4. PREMIO

El premio incluye una cabina doble en un Crucero Celebrity Cruises por las islas griegas de 10 días/9 noches para el ganador y un acompañante, cortesía de las empresas colaboradoras Celebrity Cruises, Viajes El Corte Inglés, y Entradas El Corte Inglés, a disfrutar el 28 de Septiembre de 2024. El premio incluye la pensión completa, propinas, impuestos y tasas.

5. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES LEGALES

La participación en este sorteo supone la aceptación íntegra de las presentes bases. La manifestación en el sentido de no aceptación de las mismas implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, SOM quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.

SOM se reserva el derecho de realizar cualquier cambio y de suspender este sorteo sin causa justificada.

6. INFORMACIÓN SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL QUE TRATAREMOS EN EL SORTEO

Con motivo de su participación en el presente sorteo, le informamos que SOM tratará sus datos personales recabados a través de la compra de entradas con motivo de su participación. Las finalidades del tratamiento son:

  • Gestionar su participación en el sorteo.
  • Gestionar la asignación y entrega del premio y el envío de cualquier comunicación con el referido objeto.

Sus datos personales serán tratados con base en la relación jurídica que surge al participar voluntariamente en el sorteo y serán conservados mientras dure la finalidad por la que fueron recogidos, esto es, la gestión y organización del sorteo, así como el tiempo necesario para cumplir las obligaciones legales pertinentes.

Los datos de los participantes en la acción serán eliminados transcurrido un plazo máximo de quince (15) días a contar desde la finalización de la acción y, en su caso, desde la entrega del correspondiente premio. Sus datos no serán cedidos a terceros salvo obligación legal ni se prevén transferencias internacionales.

En cualquier momento usted tiene derecho a obtener información de los datos que tratamos, así como al ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas mediante el envío de un correo electrónico a la dirección info@somproduce.com. En la solicitud de ejercicio de derechos se hará constar:

  • Nombre y apellidos.
  • Petición en la que se concreta la solicitud.
  • Domicilio a efectos de notificaciones.

En todo caso, usted podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que no se han atendido correctamente el ejercicio de sus derechos (https://www.aepd.es/).

7. CONDICIONES FISCALES

A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes según la legislación aplicable en cada momento. De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, podrán estar sujetos a retención o ingreso a cuenta según corresponda. En este sentido, SOM deberá practicar, en su caso, las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios. A tal fin, el Ganador deberá entregar fotocopia de su DNI y facilitar todos los datos personales y fiscales que SOM le solicite.

Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, SOM se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.

Exceptuando las obligaciones de SOM de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta del Ganador, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.

8. LEY APLICABLE – CONTROVERSIA

Cualquier reclamación relacionada con el sorteo debe enviarse por escrito a SOM 2011 S.L. con NIF B85942795 y domicilio en Gran vía 73, 5ºD, 28014 Madrid y a la atención de Atención al Cliente antes de los treinta (30) días posteriores a la fecha límite de participación en el sorteo.

En caso de controversia en la aplicación o interpretación de estas Bases y en ausencia de un acuerdo amistoso, todo litigio estará sujeto a los tribunales de la ciudad de Madrid. Estas Bases están sujetas a la legislación española.

9. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD

SOM queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños, ya sean físicos o de cualquier otra índole, que pueda sufrir el ganador del sorteo o su acompañante por cualquier acción u omisión no imputable a SOM durante el disfrute del premio y con los límites establecidos en la normativa aplicable.

Asimismo, SOM no es responsable de la pérdida o demora por cualquier interrupción, falta temporal de disponibilidad o de continuidad de funcionamiento, problema en la transmisión, pérdida de información, fraude, desperfecto en la red, problema de funcionamiento de las distintas RR.SS., fallo de acceso de comunicación o de respuesta por problemas técnicos o de otra naturaleza cuando ello(s) se produzca(n) por causas que escapen del control de SOM.

SOM no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en este sorteo. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción exonera a SOM de la forma más amplia que en Derecho proceda de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada SOM con motivo y ocasión del presente sorteo.

SOM queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la promoción por causas ajenas y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable SOM por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma. SOM no se hace responsable de los servicios que en su caso presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción.

En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, SOM pondrá fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra SOM, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.